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El porcentaje de pérdidas de calefacción es superior al máximo admisible (4.00 %)

La siguiente advertencia puede aparecer tras el cálculo en la pestaña de “Climatización” de CYPECAD MEP al pasar el puntero por la salida del equipo productor:

El porcentaje de pérdidas de calefacción ( X.XX%) es superior al máximo admisible (4.00 %)

El RITE 2007, indica en el punto 6 de la IT 1.2.4.2.1.1 lo siguiente:

En toda instalación térmica por la que circulen fluidos no sujetos a cambio de estado,
en general las que el fluido caloportador es agua, las pérdidas térmicas globales por el
conjunto de conducciones no superarán el 4 % de la potencia máxima que transporta
.

Además, en el punto 7 se añade:

Para el cálculo del espesor mínimo de aislamiento se podrá optar por el
procedimiento simplificado o por el alternativo.

Se entiende que este valor límite del 4% de pérdidas sólo es de aplicación en el caso de utilizar el procedimiento alternativo. Si se aplica el procedimiento simplificado, no es necesario mantenerse por debajo de este valor límite. En este caso basta con aplicar las tablas de aislamiento mínimo del punto IT 1.2.4.2.1.2. del RITE.

En caso de utilizar tuberías del Generador de Precios, el programa carga automáticamente los valores de aislamiento a partir de estas tablas. Manteniendo la vinculación al Generador de Precios no es posible introducir otro tipo de aislamiento.

Al utilizar estas tablas, se puede superar el 4% en el transporte de energía. El programa mantiene el aviso únicamente para informar al usuario.

De todos modos, si desea reducir el valor calculado de pérdidas de calefacción puede hacer lo siguiente:

  1. Aumentar la potencia nominal de la caldera o grupo térmico.
  2. Reducir la longitud del circuito de calefacción desde el equipo productor hasta las unidades terminales.
  3. Reducir la temperatura de impulsión del equipo productor.

Como actuación adicional, puede desvincular las tuberías del Generador de Precios o utilizar tuberías de tipo editable, en las que puede modificar el “Espesor” y la “Conductividad térmica” del aislamiento desde las opciones incluidas en “Editar”.

En cualquier caso, el programa indicará en los listados de cumplimiento del RITE que se ha utilizado el “Procedimiento simplificado” en el punto correspondiente al “Aislamiento térmico en redes de tuberías”.

Instalaciones de más de 70 kW

En instalaciones de más de 70 kW calculadas con el RITE de 2021, debemos contemplar el siguiente añadido en el punto 7 de la IT 1.2.4.2.1.1:

Para instalaciones de más de 70 kW debe utilizarse el método alternativo. En ningún caso el espesor mínimo debe ser menor al especificado en las tablas de la IT 1.2.4.2.1.2.

En este caso, si se muestra un aviso de pérdidas, el usuario está obligado a corregirlo. El programa actuará de la misma forma que con instalaciones de menos de 70 kW, cargando los valores de aislamiento de las tablas mencionadas al introducir tuberías del Generador de Precios, pero en este caso no se puede obviar el aviso.

Puede seguir las actuaciones descritas anteriormente para reducir el valor de pérdidas. Si modifica el espesor de las tuberías, el valor introducido por el usuario deberá ser siempre mayor al que aparece por defecto.

En estas instalaciones, a partir de la versión 2022.a el programa indicará en los listados que se ha utilizado el “Procedimiento alternativo” en el punto correspondiente al “Aislamiento térmico en redes de tuberías”.