FAQ

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¿Se deben incorporar medidas de mejora en la certificación energética de edificios de obra nueva?

Según la pregunta 31 del documento de preguntas frecuentes (FAQ) del Real Decreto 390/2021, de 1 de junio, por el que se aprueba el procedimiento básico para la
certificación de la eficiencia energética de los edificios:

31. ¿Las recomendaciones de mejora deben incluirse sólo en la certificación de edificios existentes, o también en la de edificios en proyecto o nuevos terminados?
La obligación es para todos.

Recuerde que puede activar la casilla "Edificio sin posibilidad de mejora" en los casos contemplados por la normativa, entre los que se incluyen:

Según el artículo 8. Contenido de la Certificación de eficiencia energética:

Las recomendaciones incluidas en el certificado de eficiencia energética serán técnicamente viables e incluirán una estimación de los plazos de recuperación de la
inversión, así como también podrán incluir estimaciones sobre las mejoras en las condiciones de confort, salud y bienestar.


No será necesaria su inclusión cuando no exista ningún potencial razonable para una mejora de los niveles óptimos o rentables de la eficiencia energética, siendo necesario, en este caso, incorporar una justificación técnica de la inexistencia de potencial de mejora
.

La justificación técnica se debe escribir en el campo "Observaciones", al generar el certificado energético con el programa.

Además, según el artículo 3.2.a:

Se excluyen del ámbito de aplicación:
a) Edificios protegidos oficialmente por ser parte de un entorno declarado o en razón de su particular valor arquitectónico o histórico, siempre que cualquier actuación de mejora de la eficiencia energética alterase de manera inaceptable su carácter o aspecto, siendo la autoridad que dicta la protección oficial quien determine los elementos inalterables.

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